
Monte Maíz. La Dirección Municipal de Bromatología y Medio Ambiente a cargo de Jorge Lapiana emitió un comunicado informando que el día 30 de junio entrará en vigencia la Ordenanza Nº 960/09, que trata sobre la prohibición del consumo de bolsas de nylon o similares.

La mencionada Ordenanza involucra a todos los comercios de la localidad, sin especificar rubros.
La bolsa que se prohíbe de aquí en más es la denominada comúnmente “camiseta”, que entregaban mayoritariamente los supermercados
Las bolsas que podrán seguir en circulación son las biodegradables (las mismas deben tener fecha de vencimiento), para embalaje de carnes, verduras y pan.
Para el uso de residuos domiciliarios se utilizarán bolsas biodegradables o las que se encuentren en el mercado, hasta que paulatinamente desaparezcan del mismo.
En caso de incumplimiento de lo dictado en esta Ordenanza, se aplicará lo que establece el articulo Nº 7, que contempla, en primer lugar, un apercibimiento, en segunda instancia una multa, y un extremo que llega a la clausura provisoria o definitiva del comercio.
